Reglamento Interno de Seguridad:
La función principal de los vigilantes en el área de caseta, es el control de entrada y salida de personas y vehículos. (Residentes, visitantes, proveedores de servicio, personal domestico etc.) Así como vigilar las condiciones de seguridad de las áreas exteriores e interiores a su alcance.
Al ingresar a la urbanización:
- El Vigilante llevará un Registro y control de entrada y salida de personas y vehículos, de acuerdo a los procedimientos y formatos de control establecidos.
- Es Obligatorio portar en su vehículo de manera visible el distintivo calcomanía para permitirle el acceso a la urbanización.
- En el caso de que el vecino a la hora de entrar indique que el conductor del siguiente (o algún otro) vehículo viene con él, el conductor de dicho vehículo deberá ser sujeto al procedimiento de control de entrada de visitantes.
- Se considera visitante a toda persona que no habita en la urbanización, así sea visitante frecuente, proveedor de servicios, familiar o amistad del vecino, personas que tengan interés en adquirir inmueble, personas que indican ser propietarios de inmueble pero no habitan en la urbanización, personas que laboran en oficinas dentro de la urbanización.
- El vigilante deberá asentar en el libro de registro de visitantes los datos del visitante y su vehículo al momento de ingresar a la urbanización.
- Se procederá a la revisión tanto de taxis, camionetas de carga cerradas y camiones de mudanza o de mueblerías al ingresar y salir de la urbanización.
- Se deberá notificar previamente al vigilante mediante carta de autorización por escrito en una hoja simple tamaño carta con su puño y letra donde exprese su consentimiento a retirar muebles o cualquier otro objeto, para que sólo así se le permita la salida al camión de mudanza.
- Las Empresas de construcciones que presten sus servicios dentro de la urbanización deberán reportar el número de trabajadores que están en la obra con nombres, cédulas de identidad y otros datos que seguridad requiera.
- Los trabajadores, proveedores, jardineros, empleadas domesticas, contratados o al servicio de los residentes, seguirán los procedimientos necesarios de registro y control.
- El vigilante no está autorizado para recibir notificaciones de embargo, cobro, citatorios, encomiendas, etc.
- Las puertas de acceso deberán permanecer cerradas, y el vigilante será quien abra y cierre por mano propia cuantas veces sea necesario.
- No se permite la entrada a la Urbanización de vendedores ambulantes, personas que buscan empleo, repartidores de propaganda, pordioseros, vagabundos, lavacoches, personas no deseables etc.
- No se permite la entrada o permanencia en la caseta de vigilancia a ninguna persona ajena a esta, salvo que se justifique plenamente su presencia.
- Tanto los vecinos como los visitantes deberán respetar y cumplir con las normas de transito en relación a los sentidos de circulación, señalamientos, además respetar el límite de velocidad de 20 Km/hora.
- Queda estrictamente prohibido para los vigilantes: aceptar o solicitar dadivas a consecuencia de alguna acción u omisión de sus actividades o funciones, pedir préstamos de dinero a vecinos o representantes, abandonar su servicio para atender llamados o realizar diligencias personales de algún vecino, atender mascotas, manejar, conducir, o mover vehículos ajenos, ingerir bebidas alcohólicas, enervantes, drogas o estupefacientes estando en servicio o presentarse a sus labores bajo la influencia de cualquiera de estas sustancias, distraerse conversando con personas ajenas al servicio.
- Con razón o sin ella nunca debe discutir o crear discusión con el vigilante solo a través de la vocería de seguridad se atenderán los reclamos y/o sugerencias.

